La norma fue reglamentada en marzo y busca informar la presencia de exceso de componentes que pueden ser nocivos para la salud.
A partir de este sábado, las góndolas de los supermercados comenzarán a exhibir productos con el nuevo etiquetado frontal, a excepción de que se les haya otorgado una prórroga, para informar el contenido vinculado a exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio.
El Gobierno aprobó en marzo el decreto sobre la reglamentación de la Ley N° 27.642, de Promoción de la Alimentación Saludable, y quedó establecida la obligación de las empresas alimenticias de señalar en los productos la presencia de exceso de componentes que pueden ser nocivos para la salud.
Aunque el etiquetado llega hoy a las grandes cadenas alimenticias, el Gobierno aclaró que las empresas pequeñas o medianas tendrán hasta febrero 2023 para incorporarlo.
De cualquier manera, el Ministerio de Salud informó que un 35% de las 2.658 solicitudes de prórroga para la implementación de las etiquetas fueron aprobadas y remarcó que “del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes”. “Se trata de un proceso gradual cuyo objetivo no es el sello sino la promoción de una alimentación saludable”, enfatizó.
Las góndolas deberían tener todos los productos con sello antes de fin del 2023, salvo los envases retornables de vidrio que tendrán plazo hasta mayo de 2024.
Cómo es el etiquetado que aparecerá en las góndolas
Según la ley, los productos deberán contar con una etiqueta con forma de octógono negro que advierte en letras blancas los excesos de componentes que representan un riesgo para la salud del consumidor: azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.
Además, no deben ser nunca inferiores al 5% de la superficie de la cara principal del envase y no podrán estar cubiertos de forma parcial o total por ningún otro elemento.
Más allá del sello, los productos que tengan estos excesos no pueden contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.
Tampoco pueden ofrecer la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.