El Gobierno presentó un proyecto de ley para extender las licencias por paternidad y maternidad

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Lo hizo Alberto Fernández junto con la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta. La propuesta también impulsa la creación de un permiso para ausentarse en caso de adopción y una asignación por maternidad a monotributistas.

Este lunes, el presidente Alberto Fernández presentó el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad” que busca ampliar la licencia para personas gestantes y no gestantes, crea una licencia por adopción y una asignación por maternidad a monotributistas. Lo hizo junto a la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

De acuerdo a lo enunciado en la iniciativa, la licencia por maternidad se ampliará de 90 días a 126 días y la licencia por paternidad se ampliará de 2 días a 90 días.

La propuesta impulsada por el presidente modifica y crea normas sobre licencias laborales vinculadas a los cuidados. La misma comprende a trabajadores de la LCT, al régimen de trabajo agrario y al régimen especial de contrato para el Personal de Casas Particulares y de la Administración Pública Nacional.

El proyecto propone crear un sistema integral de cuidados con perspectiva de género (SINCA). Esto es “un conjunto de políticas y servicios que aseguran la provisión, la socialización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado, entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias. También entre todas las identidades de género para que todas las personas accedan a los derechos de cuidar y ser cuidados en condiciones de igualdad”.

Además, fija los objetivos que deben seguir las políticas de cuidados en general y las destinadas a poblaciones específicas en particular.

También promueve la ampliación de la oferta de servicios e infraestructura de los cuidados. “Obliga al Ministerio de Obras Públicas de la Nación a destinar anualmente al menos el 8.5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país”.

El Proyecto no implica ningún incremento de costos para los empleadores, dado que “se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social”.

Licencias para futuros adoptantes e hijos con discapacidad

“Licencias para futuros adoptantes y licencias por adopción. Crea una licencia de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para visitar al niño o adolescente que se pretende adoptar. En caso de adopción, el Proyecto de Ley prevé una licencia de 90 días.”

“Licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida y la extiende de 3 a 10 días en el caso de que tuviesen hijos menores de edad a cargo”.

“Incorpora extensiones de las licencias para hijo/as con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas”.

“Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días por cada hijo a partir del segundo. En los supuestos de nacimiento prematuro, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días. En caso de nacimiento o adopción de hijo con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia se extenderá por el plazo de 180 días”.

Asignación por maternidad para monotributistas y autónomos

El proyecto prevé “la creación de una asignación para personas gestantes, personas no gestantes y por adopción. El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil”.

También establece el mismo régimen para personas de casa particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

Modificaciones en las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar

“Amplía la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente (estos últimos se agregan) y por hijo. Pasa de 3 a 5 días”.

“Amplía la licencia por fallecimiento de hermano. Pasa de 1 a 3 días”.

“Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año”.

“Crea la licencia por violencia de género, de hasta un máximo de 20 días por año”.

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