La Justicia resolvió que el DNU de Milei es inconstitucional en materia laboral

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Lo decidió la Cámara Laboral al tratar la cuestión de fondo con lo cual ahora el tema será resuelto por la Corte Suprema de Justicia.

La Cámara del Trabajo falló a favor de la CGT y resolvió que la reforma laboral del DNU de Javier Milei es inconstitucional. De esta manera, la justicia laboral declaró la invalidez del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia.

La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo se expidió este martes ante el amparo planteado por la CGT y determinó que el capítulo 4 del DNU 70/2023 decretado por Javier Milei es inconstitucional.

El fallo firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera alcanza a los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU, es decir, todos los que están relacionados con la reforma laboral que impulsaba el gobierno.

Los magistrados se encargaron de aclarar que, pese a la decisión judicial de la Cámara del Trabajo, el Decreto de Necesidad y Urgencia “gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso”. “Su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”, agregaron.

Entre los considerandos expuestos, sostuvieron que “no se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”.

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