La Cámara Electoral le dio la razón a Mario Ishii al cuestionar duramente las acciones de Juan Manuel Culotta

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Se trata del juez que controla la elección en la provincia de Buenos Aires. El tribunal lo cuestiona por haber «privado» a la lista que impulsaba el intendente de José C Paz de apelar su inhabilitación para competir en la interna del PJ.

La Cámara Nacional Electoral cuestionó hoy con dureza al juez federal que debe controlar la elección en la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel Culotta, por su actuación en las apelaciones que presentó la lista motorizada por el intendente de José C. Paz, Mario Ishii, para competir en las PASO del PJ con la que encabeza Florencio Randazzo. Si bien los candidatos que iban a competir con los que presentó el ex ministro de Transporte quedaron inhabilitados, los camaristas Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía enviaron el expediente al Consejo de la Magistratura para que analice si corresponde algún tipo de sanción a la actuación del magistrado.

En una decisión insualmente dura, los jueces advirtieron que «el señor juez de grado (Culotta) acabó privando de la jurisdicción a una parte que -sin perjuicio de la solución a la que se arribara-, merecía la resolución del caso, y los plazos transcurridos se constituyeron, como ha quedado expuesto, en un impedimento fáctico que tornaron de imposible cumplimiento cualquier decisión útil en el sentido pretendido por el apelante que en esta instancia del proceso electoral pudiera adoptarse con respecto a la oficialización procurada».

«No es difícil advertir que la actitud asumida por el señor magistrado de primera instancia en las presentes actuaciones no se condice con la eficaz prestación del servicio de justicia, por lo que corresponde remitir copia de todo lo hasta aquí relatado a la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Nación a efectos de adoptar las decisiones que con la premura que las circunstancias exigen, y aun durante el proceso electoral en curso, estime corresponder», advirtió.

La decisión firmada por los camaristas Dalla Vía y Corcuera, más allá de la crítica a Culotta, pone así punto final al reclamo que habían presentado los apoderados de la lista Lealtad y Dignidad para sostener las candidaturas de Gastón Yañez Bolton y Paola Traverso para el Senado y el abogado mediático Fernando Burlando.

«Las circunstancias reseñadas constituyen un impedimento fáctico insuperable para que el Tribunal pudiera dictar -a puro título de hipótesis- una sentencia útil en el sentido pretendido por el apelante, máxime si se tiene en cuenta la altura del cronograma electoral, por lo que tal eventual decisión habría sido de imposible cumplimiento y carente, por tanto, de virtualidad«, estableció la decisión a la que tuvo acceso Clarín.

En la sentencia de la Cámara, también, se advierte que «cada etapa del referido cronograma opera como un sistema de esclusas: una vez cerrada una de ellas no puede permitirse su reapertura toda vez que una nueva –posterior y que guarda una íntima relación con la anterior- ha comenzado a correr en su período de tiempo, oportunamente fijado por el cronograma y en relación directa con la fecha de elección fijada y las normas contenidas en la legislación electoral».

Fuente Clarín

 

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